Usufructo: qué es, tipos de usufructo y derechos del usufructuario

El usufructo es un derecho real en España que permite a una persona (usufructuario) usar y disfrutar un bien ajeno, como una vivienda, mientras otra persona mantiene la nuda propiedad. Está regulado en el Código Civil y es una figura habitual en herencias y donaciones.
En este artículo te explicamos qué es el usufructo, qué tipos existen, cuáles son los derechos y obligaciones del usufructuario, en qué casos se extingue este derecho y cómo calcular su valor fiscal.
¿Qué es el usufructo?
“El derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa” (artículo 467 del Código Civil).
Cómo funciona el usufructo
El usufructo permite al usufructuario usar el bien y obtener sus rendimientos, pero no puede disponer de él como propietario.
Un ejemplo en el ámbito inmobiliario es la donación con reserva de usufructo. En estos casos, los padres transmiten a sus hijos la nuda propiedad de una vivienda. De esta forma pueden seguir viviendo en el inmueble o alquilarlo mientras vivan, aunque la titularidad corresponda a los hijos.
Cuando este derecho se extingue —por ejemplo, por fallecimiento del usufructuario—, el nudo propietario consolida la plena propiedad del bien.
Diferencias entre usufructo y nuda propiedad
| Concepto | Usufructo | Nuda propiedad |
|---|---|---|
| Uso del inmueble | Sí | No |
| Propiedad | No | Sí |
| Rentas | Sí | No |
El usufructo separa el uso del bien de su propiedad legal. Los derechos de la propiedad se distribuyen entre usufructuario y nudo propietario, separando el uso del bien de su titularidad jurídica.
Usufructuario
Es la persona que tiene el derecho de usar y disfrutar del bien, lo que incluye residir en él o percibir sus rendimientos.
Nudo propietario
Es el titular legal del inmueble, pero no puede utilizarlo ni obtener beneficios de él mientras el usufructo esté vigente.
Plena propiedad
Es cuando una misma persona reúne ambos derechos y tiene la titularidad completa del bien.
Tipos de usufructo en España: usufructo vitalicio y temporal
Usufructo vitalicio
Se mantiene durante toda la vida del usufructuario y se extingue automáticamente con su fallecimiento.
Es la modalidad más habitual en herencias, especialmente cuando el cónyuge viudo recibe el usufructo de la vivienda familiar, mientras que los herederos adquieren la nuda propiedad.
Usufructo temporal
Se constituye por un plazo determinado, fijado en el momento de su creación.
Por ejemplo, puede establecerse durante 10 años sobre un inmueble. Transcurrido ese periodo, el derecho se extingue y el nudo propietario recupera la plena disponibilidad del bien.
Otros tipos de usufructo
Además, esta figura puede clasificarse según su origen o alcance:
- Voluntario: se constituye por la voluntad de las partes, normalmente mediante contrato o testamento.
- Legal: se establece directamente por ley.
- Universal: afecta a la totalidad del patrimonio del que es objeto.
- Parcial: recae únicamente sobre bienes concretos.
Derechos y obligaciones del usufructuario
Este derecho otorga al titular una serie de derechos sobre el bien, pero también implica determinados límites y obligaciones que deben respetarse durante toda la vigencia del derecho.
Derechos del usufructuario
El usufructuario puede:
- Usar el inmueble.
- Alquilar la propiedad y obtener rentas.
- Ceder, transmitir o vender su derecho a un tercero.
- Realizar mejoras sin alterar el bien.
Obligaciones del usufructuario
El usufructuario está obligado a:
- Conservar el bien en buen estado.
- Asumir las reparaciones ordinarias, derivadas del uso habitual.
- Pagar gastos corrientes, como suministros, impuestos o mantenimiento.
- Comunicar las reparaciones extraordinarias al nudo propietario.
- Restituir el inmueble al finalizar el usufructo en condiciones adecuadas.
Límites del usufructuario
El usufructuario no puede:
- Vender el inmueble sin el consentimiento del nudo propietario.
- Alterar de forma sustancial el bien.
- Deteriorar el bien o reducir su valor.
- Destinarlo a usos incompatibles con su naturaleza.
Derechos del nudo propietario
El nudo propietario mantiene la titularidad del inmueble y conserva ciertas facultades:
- Vender la nuda propiedad.
- Recuperar la plena propiedad cuando se extinga el usufructo.
- Exigir la correcta conservación del bien.
Cómo se constituye un usufructo
Este derecho puede constituirse por distintas vías, en función del origen del derecho y de la voluntad de las partes:
- Mediante contrato: acordado entre las partes en un negocio jurídico.
- A través de una donación: frecuente cuando se transmite la nuda propiedad reservándose el derecho de uso y disfrute.
- Por testamento: habitual en el ámbito sucesorio, especialmente en favor del cónyuge viudo.
- Por disposición legal: establecido directamente por la ley en determinados supuestos.
En el caso de bienes inmuebles, es recomendable formalizarlo en escritura pública e inscribirlo en el Registro de la Propiedad para garantizar su eficacia frente a terceros.
Cómo calcular el valor del usufructo en España
El valor de este derecho se calcula en España siguiendo unas reglas fiscales de valoración que se aplican en herencias, donaciones y otras operaciones sujetas a impuestos. Estas normas permiten determinar qué parte del valor del inmueble corresponde al usufructuario y cuál al nudo propietario.
Cálculo del valor del usufructo vitalicio
Se calcula aplicando al valor del inmueble un porcentaje obtenido al restar la edad del usufructuario a 89.
Fórmula de usufructo vitalicio:
89 − edad del usufructuario = % del valor del usufructo.
Límites legales:
Máximo: 70% del valor del inmueble.
Mínimo: 10% del valor del inmueble.
Reglas de aplicación:
- Si el usufructuario tiene menos de 20 años, el valor será del 70%.
- A partir de los 20 años, se aplica la fórmula general.
- Si el resultado es inferior al 10%, se aplica el mínimo legal del 10%.
| Concepto | Cálculo |
|---|---|
| Datos | Usufructuario de 60 años Valor del inmueble: 200.000 € |
| Fórmula aplicada | 89 − 60 = 29% |
| Valor del usufructo | 58.000 € |
| Valor de la nuda propiedad | 142.000 € (71%) |
Cálculo del valor del usufructo temporal
Se calcula aplicando un 2% del valor del bien por cada año de duración.
Fórmula:
2% × número de años = % del valor del usufructo.
Límites legales:
Máximo: 70% del valor del inmueble.
Regla de aplicación:
Incluso si la duración es inferior a un año, se computa como un 2%.
| Concepto | Cálculo |
|---|---|
| Datos | Usufructo temporal de 15 años Valor del inmueble: 200.000 € |
| Fórmula aplicada | 15 × 2% = 30% |
| Valor del usufructo | 60.000 € |
| Valor de la nuda propiedad | 140.000 € |
*Estas reglas tienen carácter fiscal y se utilizan principalmente para calcular impuestos (como sucesiones, donaciones o transmisiones patrimoniales). El valor económico de mercado puede variar en función de factores como la demanda o las condiciones del inmueble.
Cómo se extingue el usufructo
El usufructo se extingue cuando finaliza su causa legal o desaparece su objeto. Las principales causas son:
Fallecimiento del usufructuario
Es la causa más habitual en los usufructos vitalicios.
Cumplimiento del plazo
En los usufructos temporales, el derecho desaparece cuando finaliza el periodo fijado.
Renuncia del usufructuario
El titular puede renunciar voluntariamente al derecho de usufructo.
Consolidación
Se produce cuando una misma persona reúne el usufructo y la nuda propiedad.
Pérdida total del bien
Si el inmueble desaparece o queda destruido, el usufructo deja de tener objeto.
El usufructo en las herencias
Esta figura es frecuente en el ámbito sucesorio y se utiliza habitualmente para equilibrar los derechos del cónyuge viudo y los herederos.
En muchos casos, el cónyuge viudo adquiere el derecho de usufructo —a menudo de carácter vitalicio— sobre parte de la herencia, mientras que los hijos u otros herederos reciben la nuda propiedad de los bienes.
De este modo, el cónyuge puede seguir utilizando u obteniendo rendimientos del inmueble (por ejemplo, residir en la vivienda o alquilarla), mientras que la titularidad se mantiene en la línea de los descendientes o herederos, quienes ostentan la nuda propiedad.
Preguntas frecuentes sobre el usufructo en España
¿Quién paga el IBI en el usufructo?
Por lo general, el usufructuario asume el pago del IBI, ya que es quien utiliza el inmueble y obtiene su aprovechamiento. No obstante, la obligación puede variar según la normativa aplicable y lo pactado entre las partes.
¿Puede el usufructuario vender la vivienda?
No. El usufructuario no puede vender el inmueble, ya que no es el titular de la propiedad. Sin embargo, sí puede ceder o transmitir su derecho de usufructo, salvo que exista alguna limitación en el título de constitución.
¿Se puede alquilar una vivienda en usufructo?
Sí. El usufructuario puede arrendar el inmueble y percibir las rentas derivadas del alquiler.
¿Qué ocurre al fallecer el usufructuario?
Cuando fallece el usufructuario, el usufructo finaliza y el propietario consolida la plena propiedad del inmueble.
*Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal. Para casos concretos, consulta a un profesional especializado.