Local en venta
VADO PERMANENTE. SUELO DE GRES
Se hace constar que el precio de venta indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales serán asumidos por la parte compradora.
Impuestos en viviendas
1) Primera transmisión (obra nueva)
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): 10% (tipo general) aplicado a la mayoría de viviendas de obra nueva, incluidos hasta dos plazas de garaje y anexos transmitidos conjuntamente en el mismo edificio; 4% (tipo reducido) aplicado a Viviendas de Protección Oficial (VPO) de régimen especial o de promoción pública.
- Actos Jurídicos Documentados (AJD): 1,4% (tipo general); 0,1% (tipo superreducido) aplicable cuando la propiedad de obra nueva se destina a primera vivienda habitual.
2) Segunda transmisión (reventas, segunda mano)
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): tipo general 9%, con tipos reducidos del 8%, 6%, 4% o 3% según circunstancias personales del comprador y características del inmueble. El impuesto se devenga sobre el valor de referencia catastral o el precio de venta, el que resulte superior.
Impuestos en locales, naves y oficinas
1) Primera transmisión (obra nueva) de local, nave u oficina
- Operación sujeta a IVA al 21% y Actos Jurídicos Documentados (AJD) al 1,4% cuando el vendedor actúa como promotor, constructor o empresario que realiza la primera entrega.
2) Segunda transmisión de local, nave u oficina usada
- Cuando no tributa por IVA, la operación queda sometida a Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP): 9% hasta 1.000.000 € de base imponible y 11% sobre el exceso de 1.000.000 €.
3) Segunda transmisión entre empresarios con renuncia a la exención de IVA
- La operación tributa por IVA al 21% y AJD al 1,4%.
Gastos comunes en reventas y ventas de obra nueva, y en ventas de locales, naves y oficinas
- Gastos de gestión (gestoría): honorarios por tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral, aproximadamente 423,50 € (IVA incluido).
- Honorarios de agencia: incluidos en el PVP y asumidos por la parte vendedora.
- Honorarios de agencia del comprador: en caso de contratación de servicios de encargo de compra (PSI, Personal Shopper Inmobiliario), dichos honorarios serán a cargo del adquirente.