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Aspectos destacados
- Suelo urbano industrial con aprovechamiento consolidado.
- Posibilidad de desarrollo en naves industriales independientes.
Resumen ejecutivo
Se trata de un suelo urbano industrial sin edificar, con superficie catastral adoptada para valoración de 8.486 m2, existiendo una superficie registral de 9.870 m2 con discrepancia, adoptándose en todo caso la catastral. La parcela presenta una morfología mayoritariamente rectangular, con una ligera irregularidad en el fondo, y una topografía sensiblemente llana. En la actualidad se encuentra sin uso ni ocupación, como terreno vacío.
El solar está clasificado como suelo urbano industrial, considerado urbanizado conforme al RDL 7/2015, y se rige por el Plan de Ordenación Municipal de Guadamur aprobado definitivamente, con calificación específica de ordenanza 5 industrial. Se permiten como usos característicos el industrial, la artesanía y los almacenes, así como usos compatibles de carácter productivo y de almacenaje sin limitación, residencial vinculada a la industria con un máximo de 100 m2 construidos, comercial y oficinas vinculadas a la actividad industrial hasta un 25% de la superficie total, además de garaje y otros usos como hotelero, recreativo, educativo, cultural, administrativo o sanitario, en edificio completo o planta baja según tipología.
La edificabilidad es de 0,60 m2/m2, con un aprovechamiento total de 5.091,60 m2, adoptándose 5.040 m2 en la valoración. La ocupación máxima es del 60% por tratarse de una parcela superior a 1.000 m2, y la altura máxima permitida es de dos plantas y 9,00 metros, con posibilidad de superación por necesidades industriales previa aprobación municipal. Se establecen retranqueos de 5 metros a la alineación de fachada, una parcela mínima de 500 m2 para nuevas parcelaciones y un frente mínimo de 10 metros y máximo de 40 metros.
No requiere gestión urbanística adicional, siendo posible la obtención de licencia de obra de forma directa mediante la presentación del correspondiente proyecto de edificación, al estar el derecho al aprovechamiento ya adquirido. Se permite la división horizontal tumbada siempre que se respeten la parcela mínima y el resto de parámetros urbanísticos, contemplándose en la valoración un desarrollo de 16 naves industriales sobre parcelas de 530,38 m2 cada una, con 315 m2 construidos por unidad, distribuidos en planta baja y entreplanta destinada a oficinas.
El solar se ubica en el ámbito industrial de Guadamur, dentro de un entorno consolidado conforme al planeamiento municipal vigente, adecuado para el desarrollo de proyectos industriales y logísticos compatibles con la ordenanza.
Para participar en la subasta:
a) Registrarse en Escrapalia Inmuebles.
b) Pulsa 'PUJAR' y sigue las instrucciones indicadas para realizar el depósito de garantía (viene indicado en cada lote). Será devuelto en caso de no resultar ganador.
Información del edificio
| Precio | 118.692 € | Tipo de inmueble | Terreno |
| Tipo de venta | Inversión | Subtipo de inmueble | Industrial |
| Condición de venta | Venta de subasta | Tamaño total del terreno | 0,85 ha |
| N.º de terrenos | 1 |
| Precio | 118.692 € |
| Tipo de venta | Inversión |
| Condición de venta | Venta de subasta |
| N.º de terrenos | 1 |
| Tipo de inmueble | Terreno |
| Subtipo de inmueble | Industrial |
| Tamaño total del terreno | 0,85 ha |
1 Terreno disponible
Terreno
| Precio | 118.692 € | Tamaño del terreno | 0,85 ha |
| Precio por ha | 139.868,04 € |
| Precio | 118.692 € |
| Precio por ha | 139.868,04 € |
| Tamaño del terreno | 0,85 ha |
Venta de solar industrial de 8.486 m2 en zona industrial de Guadamur, suelo urbano sin edificar, llano y de morfología regular, con aprovechamiento urbanístico consolidado y licencia directa. Ordenanza 5 industrial y edificabilidad 0,60 m2/m2.
Descripción
Solar industrial de 8.486 m2 situado en el área industrial de Guadamur. Se trata de un suelo urbano industrial sin edificar, tomando como referencia para la valoración la superficie catastral de 8.486 m2, pese a existir una diferencia con la superficie registral de 9.870 m2. La parcela presenta una configuración principalmente rectangular, con una leve irregularidad en su parte posterior, y una topografía prácticamente plana. Actualmente se encuentra libre de edificaciones y sin ningún tipo de ocupación. El inmueble cuenta con clasificación de suelo urbano industrial, considerado urbanizado conforme al RDL 7/2015, y se encuentra regulado por el Plan de Ordenación Municipal de Guadamur aprobado definitivamente, con calificación de ordenanza 5 industrial. Los usos principales permitidos son industrial, artesanía y almacén, admitiéndose además usos compatibles como productivo y almacenaje sin limitación, vivienda vinculada a la actividad industrial con un máximo de 100 m2 construidos, uso comercial y de oficinas asociados a la industria hasta un 25 % de la superficie total, así como garaje y otros usos terciarios, dotacionales o de servicios en edificio completo o planta baja según tipología. La edificabilidad es de 0,60 m2/m2, con un aprovechamiento total de 5.091,60 m2, adoptándose 5.040 m2 a efectos de valoración. La ocupación máxima permitida es del 60 % al tratarse de una parcela superior a 1.000 m2. La altura máxima es de dos plantas y 9,00 metros, con posibilidad de incremento por necesidades industriales previa aprobación municipal. Se establecen retranqueos de 5 metros a la alineación de fachada, una parcela mínima de 500 m2 para nuevas segregaciones y un frente mínimo de 10 metros y máximo de 40 metros. El solar no precisa actuaciones de gestión urbanística adicionales, pudiendo solicitarse licencia de obra de forma directa mediante la presentación del proyecto correspondiente, al estar el aprovechamiento urbanístico ya consolidado. Se admite la división horizontal tumbada, siempre que se respeten los parámetros urbanísticos, contemplándose en la valoración un desarrollo de 16 naves industriales sobre parcelas de 530,38 m2, con una superficie construida de 315 m2 por unidad, distribuidos en planta baja y entreplanta destinada a oficinas. El activo se localiza dentro de un entorno industrial consolidado conforme al planeamiento municipal vigente, lo que lo convierte en una opción adecuada para el desarrollo de proyectos industriales o logísticos compatibles con la ordenanza.
Elaborado por
Calle Olivar Grande, 10
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